Bono para Solteros: ¿Cuáles son los requisitos y pasos para solicitar el bono de S/52,250?

Descubre los requisitos y el paso a paso para postular al Bono para Solteros de S/ 52,250. Consulta si cumples con las condiciones y asegura tu vivienda propia.
Índice
  1. ¿De cuanto es el Bono para Solteros?

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) ha puesto a consulta pública el proyecto de reglamento de la Ley N.º 32379 (Ley de Vivienda de Interés Social), el cual plantea incorporar a las personas que viven solas bajo la categoría de "familias unipersonales".

Esta modificación permitirá que los solicitantes solteros accedan al Bono Familiar Habitacional (BFH) del programa Techo Propio para la compra, construcción o mejoramiento de vivienda, sujeto a los mismos requisitos exigidos a los grupos familiares convencionales. Cabe precisar que la postulación bajo esta modalidad aún no se encuentra habilitada, ya que se encuentra condicionada a la aprobación formal de la norma.

¿De cuanto es el Bono para Solteros?

De aprobarse definitivamente el reglamento de la Ley N.º 32379, los ciudadanos solteros podrán postular al Bono Familiar Habitacional (BFH) de Techo Propio bajo el mismo marco normativo aplicable a los grupos familiares. Este beneficio constituye un subsidio estatal no reembolsable, condicionado al estricto cumplimiento de los requisitos del programa.

El valor de la subvención varía según la modalidad de atención seleccionada:

  • Adquisición de Vivienda Nueva (AVN): Para casas el Subsidio de hasta S/ 52,250 para inmuebles con un valor máximo de S/ 109,100. En caso de departamento Subsidio de S/ 47,850 para propiedades con un precio límite de S/ 136,100.
  • Construcción en Sitio Propio: Aporte de S/ 33,000, sujeto a incremento en determinadas regiones según las disposiciones del programa.
  • Mejoramiento de Vivienda: Asignación fija de S/ 12,650.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a este beneficio?

De aprobarse la incorporación de las familias unipersonales, las personas solteras deberán cumplir con los mismos requisitos que actualmente se solicitan a los grupos familiares de Techo Propio.

1. Acreditación de familia unipersonal

El aspecto principal de la propuesta normativa radica en habilitar la postulación individual. A diferencia del marco actual de Techo Propio —que condiciona el acceso a la conformación de un grupo familiar—, la nueva regulación autoriza a las personas solteras a constituirse como titulares y únicos beneficiarios del subsidio.

2. Cumplimiento de topes de Ingreso Familiar Mensual (IFM)

El postulante deberá acreditar ingresos mensuales que no excedan los umbrales económicos vigentes del programa:

Adquisición de Vivienda Nueva (AVN): Ingreso máximo de S/ 3,715.

Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda: Ingreso máximo de S/ 2,706.

Cabe precisar que estos límites financieros se mantienen invariables respecto al esquema general, limitándose la reforma únicamente a extender el alcance del beneficio a quienes habitan de manera independiente.

3. No contar con Vivienda o Terreno

El postulante no debe ser titular ni poseer derechos de propiedad sobre otra vivienda o terreno dentro del territorio nacional.

4. No haber sido beneficiario de subsidios del Gobierno

Es requisito indispensable no haber recibido anteriormente apoyo o subsidio de programas habitacionales promovidos por el Estado.

5. Contar con un ahorro mínimo

El solicitante debe acreditar la disponibilidad del monto de ahorro mínimo establecido para la modalidad de postulación correspondiente:

  • Construcción en Sitio Propio: Requiere un ahorro mínimo vigente de S/ 2,475.
  • Adquisición de Vivienda Nueva: El monto del ahorro se determinará según las condiciones especificadas para dicha modalidad.

¿Cómo solicitar el Bono Techo Propio?

Tras la aprobación y entrada en vigencia del reglamento, los postulantes en condición de soltería deberán gestionar su solicitud mediante el procedimiento de inscripción formal que determine el Fondo Mivivienda para el programa Techo Propio.

A la fecha, dicho trámite exige el cumplimiento de los siguientes requisitos operacionales:

  1. Identificación oficial: Presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente.
  2. Declaración e inscripción: Suministro y firma de los formularios requeridos por el programa.
  3. Acreditación de elegibilidad: Sustento documental del cumplimiento de las condiciones normativas aplicables.
  4. Gestión presencial: Formalización del registro en las sedes o centros de atención debidamente autorizados.
¿El Bono Solteros ya se encuentra disponible?

Por el momento, las personas solteras aún no están habilitadas para postular a este beneficio bajo el nuevo esquema.

El Ministerio de Vivienda formalizó la publicación del proyecto de reglamento de la Ley N.º 32379 mediante la Resolución Ministerial N.º 269-2026-VIVIENDA, con el objetivo de recibir comentarios y observaciones durante un periodo de 15 días calendario. Una vez evaluados los aportes, el Poder Ejecutivo deberá aprobar la norma definitiva para disponer su entrada en vigencia.

Datos importantes: La propuesta normativa no contempla la creación de un subsidio exclusivo para personas solteras. La modificación radica en posibilitar que un ciudadano que reside solo sea reconocido como elegible dentro del programa Techo Propio, accediendo al mismo beneficio que actualmente perciben los grupos familiares que cumplen con las condiciones establecidas.

Admcalleperuana

Redactor de noticias con 3 años de experiencia en periodismo a nivel nacional.

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